domingo, 20 de diciembre de 2015

"La AFSCA es un organismo estatal y la conducción corresponde al Presidente", sostiene Gregorio Badeni

El Diario El Tribuno le pidió a Badeni su opinión en torno a la polémica generada por la modificación de la Ley de Ministerios que aplicó el Gobierno del presidente Mauricio Macri y que significó, entre otras cosas, el traspaso de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) bajo la órbita del recientemente creado Ministerio de Comunicaciones
Por: Darío Pérez
Cuidadoso al elaborarlas pero contundente en sus respuestas, Badeni traza permanentemente la diferencia entre lo legal y constitucional y las valoraciones políticas de las medidas adoptadas por el flamante Gobierno de Mauricio Macri. Evita las apreciaciones subjetivas y se limita a echar luz sobre los cuestionamientos que, en materia institucional, se le hacen a la nueva administración por parte del kirchnerismo y de otros sectores de la oposición y la opinión pública.

¿Qué opina de la decisión del Gobierno acerca del pase de la AFSCA a la órbita del Ministerio de Comunicaciones?
En todas las entidades, como la AFSCA y otras que son creadas por ley, la ley lo único que puede hacer son los lineamientos generales de funcionamiento. Pero todas esas entidades dependen del Poder Ejecutivo Nacional, no se las puede separar del Poder Ejecutivo Nacional como se hizo en la ley de creación de la AFSCA.

Así que el hecho de ponerla en la órbita del Poder Judicial, como se ponen en la órbita del Poder Judicial todos los empleos administrativos y las empresas cuya conducción depende del Estado nacional, es lo correcto.

O sea que las movilizaciones del kirchnerismo, acompañado por algunos movimientos sociales afines, en realidad reclaman proteger algo que desde un primer momento no se debería haber hecho...
Ellos están reclamando con una finalidad política y yo le estoy dando un informe jurídico.
Jurídicamente, lo que se ha hecho (ahora) es correcto. Muchos estarán en desacuerdo, no en la forma sino en el propósito que se persigue, que es separar a ciertas personas de ese organismo. Eso ya es una opinión política, respetable como toda opinión, pero que jurídicamente no es atacable.

Yendo entonces al caso puntual del actual titular de la AFSCA, Martín Sabatella, que ya anunció que no va a dejar su cargo hasta el 2017 y que el Gobierno nacional insiste en desplazarlo, ¿qué opina de esta situación?
Yo creo que él está equivocado.

Está arrogándose un privilegio que no le da ninguna ley. Lo que puede hacer el legislador es determinar qué condiciones pueden tener los directores de un organismo, qué requisitos deben cumplir, pero no puede fijar un término a su mandato, no le puede impedir al Presidente de la República remover a esas personas cuando quiera, que es lo que se ha hecho.

A lo sumo lo que puede hacer un legislador es exigirle al Presidente que antes de remover a una persona informe al Congreso sobre los motivos de esa decisión y el Congreso tomará conocimiento de eso pero sin que su eventual decisión sea vinculante para el Presidente, que es lo que pasa actualmente con el (puesto de) presidente del Banco Central, que puede ser removido en cualquier momento por el Presidente de la República, previo informe a una comisión bicameral sobre la razón de su decisión.

Entonces, según su visión y de acuerdo a su experiencia, ¿hay algún tipo de vulneración sobre la AFSCA como organismo con estos cambios que está introduciendo el Gobierno?
No. No hay ninguna alteración.

La AFSCA es un organismo estatal y la conducción corresponde al Presidente de la República de turno.

Acá no se trata, por otra parte, de un organismo integrado por personal estable de la administración respecto de los cuales el Presidente no los puede remover de sus cargos por la estabilidad propia que tienen todos los empleados administrativos. Pero no es éste el caso.

Y en ese caso, ¿se podría considerar que hubo antes, con la sanción de la ley Audiovisual y la creación de la AFSCA, una vulneración a lo que era el normal desarrollo del control de los medios?
Así es. Sí.

Una opinión acerca de la polémica por el nombramiento de los jueces de Corte en comisión y cómo la resolvió el presidente Macri...
Jurídicamente el Presidente puede nombrar, durante el receso del Congreso, muchos funcionarios que requieren el acuerdo del Senado, entre ellos a los jueces.

Y eso fue lo que se ha hecho: el Congreso está en receso, el Presidente nombra dos jueces de la Corte, el mandato de esos dos jueces de la Corte en principio comenzará cuando asuman en el cargo y concluirá el 30 de noviembre del año próximo, a menos que antes el Senado ratifique esas designaciones o las rechace.

Si las ratifica, esos jueces quedan definitivamente incorporados; si las rechaza, en ese momento los jueces cesan en el cargo y corresponderá una nueva designación.

Lo que ha hecho el Presidente es también lo que manda la Constitución Nacional y, de hecho, tenemos más de 10 casos de jueces de la Corte que han sido, a lo largo de nuestra historia, nombrados de esa manera.

Ahora, en cuanto a las razones políticas que puedan impulsar al Presidente a ejercer una facultad constitucional de un modo determinado, eso ya es otra cuestión que podrá ser opinable y sobre las que algunos estarán de acuerdo, otros en desacuerdo, pero de ningún modo se puede cuestionar la validez constitucional del acto.

Sobre Badeni
Gregorio Badeni es un abogado especialista en derecho constitucional con una larga trayectoria tanto en la rama del derecho como también en la docencia. Autor de una docena de libros y de cientos de artículos para diarios y revistas nacionales y del exterior, es permanente fuente de consulta en los medios de comunicación, los cuales conoce en profundidad. Es, de hecho, titular del Servicio de Orientación Legal (SOL) de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (AdEPA).
Fuente: Diario El Tribuno

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