miércoles, 12 de noviembre de 2014

Argentina Digital: cuestionamientos de la Federación de Cooperativas de Servicios Públicos

El presidente de la Federación Pampeana de Cooperativas Abel Argüello expuso este miércoles en el Senado. Mostró una visión crítica respecto del proyecto oficial. Dijo que “si se aplican las mismas reglas de juego para las cooperativas que para las empresas de lucro, se puede arribar a situaciones disvaliosas, desconociendo la autonomía de las cooperativas”. Pidió que la ley “establezca parámetros claros para que se reconozca debidamente el esfuerzo económico que han hecho nuestros asociados”

El presidente de la Federación Pampeana de Cooperativas, Abel Argüello, mostró este miércoles una visión crítica respecto del proyecto oficial “Argentina Digital”. En síntesis, afirmó: “La ley no contempla expresamente a las organizaciones de la economía social y en realidad debería establecer pautas claras respecto al rol de las cooperativas y su diferencial con otros prestadores, visibilizando al sector solidario”.
Argüello fue invitado por los senadores que representan a la provincia y expuso ante la comisión que trata el tema. Señaló, entre otros aspectos, que el proyecto “no distingue adecuadamente la situación sustancialmente diferente entre las pequeñas y medianas cooperativas y aquellos prestadores con posición dominante”.
El presidente de la FePamCo habló durante unos 10 minutos y luego de su exposición el senador Carlos Verna se movió para que las inquietudes de las cooperativas pampeanas sean tenidas en cuenta.
Argüello remarcó en ese sentido que las cooperativas tienen “un rol antimonopólico y regulador de los precios ante los abusos de los grandes grupos económicos”.
El legislador dijo en un comunicado de prensa que en su calidad de integrante de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación, requirió a la presidenta que se garantice la atribución de un segmento del espectro radioeléctrico a las cooperativas y pequeños y medianos operadores regionales que presten servicios de comunicaciones.
También pidió formalmente que se incorpore en forma expresa, un texto normativo que contemple condiciones particulares de acceso e interconexión a las redes de telecomunicaciones, a las cooperativas y pequeños y medianos operadores regionales del mismo servicio.
Argüello consideró durante su presentación que “es importante que se nos haya invitado. No hemos tenido posibilidad de estar en otras jornadas, acá no hemos escuchado hoy la palabra ‘cooperativa’”, lamentó. Y dijo: “la voz tiene que escucharse, plantearse”.
Argüello recordó que “nuestra federación es de cooperativas de servicios públicos. En La Pampa tenemos una historia muy rica de prestaciones de servicios. La diversificación ha hecho que las cooperativas eléctricas presten servicio de telecomunicaciones”.
“Vemos con sumo beneplácito que se empiece a analizar un nuevo marco normativo que adapte la ley a la nueva realidad tecnológica y de las telecomunicaciones. Este marco va a afectar a nuestras entidades y nos parece prudente que sea una normativa consensuada, discutida, analizada a fondo, para respetar los derechos adquiridos de nuestras cooperativas”, dijo el presidente de FePamCo.
A criterio del sector, la ley “Argentina Digital” “no distingue adecuadamente la situación sustancialmente diferente entre las pequeñas y medianas cooperativas y aquellos prestadores con posición dominante. Esta distinta realidad debe contemplarse expresamente en el articulado de la ley y no delegarlas en las autoridades de aplicación”.
“Es necesario expresar la situación de los prestadores cooperativas para protegerlos de los abusos”, insistió Argüello.

Advertencia por las reglas de juego
Añadió en tono crítico que “un artículo fija la posibilidad de fijar tarifas por parte de las autoridades. Esto merece especial consideración para el caso de las cooperativas, autogestinadas, que no contamos con meros usuarios sino con asociados con plenos derechos respecto a la administración y gestión de sus propios servicios. Se realizan actos cooperativos y no actos de comercio. Si no se discrimina, si se aplican las mismas reglas de juego que para las empresas de lucro, se puede arribar a situaciones disvaliosas, desconociendo la autonomía de las cooperativas”.
Argüello aseguró que “en muchos casos las cooperativas poseen redes propias fruto del esfuerzo económico de sus asociados. Sería necesario establecer parámetros claros para que se reconozca debidamente ese esfuerzo económico que han hecho nuestros asociados a través de una contraprestación justa, evitando que las mismas sean utilizadas por grandes grupos económicos en contra de los intereses de los asociados”.
Además, FePamCo advirtió “una situación inequitativa. Se exime a las telefónicas de la limitación del d) del artículo 25 de la 26.552 (Servicios de Comunicación Audiovisual), con lo cual de mantenerse el trámite de defensa de la competencia para las cooperativas, implicaría una inequidad para las organizaciones de la economía social. Debería contemplarse en el proyecto y eliminar el dictamen previsto en la Ley de Medios como requisito previo para obtener licencias en la AFSCA, o en su defecto que se aplique a todos los solicitantes y no solo a las cooperativas que prestan servicios públicos”, propuso.
El presidente hizo referencia puntual al caso de la telefonía celular: “Pese a numerosos intentos y promesas, para las cooperativas no ha sido posible acceder. Cuando se fusionó Movicom y Unifon se liberó una frecuencia que iba a ser destinada al movimiento cooperativo; luego pasó a ARSAT e iba a ser incluída en un proyecto de las cooperativas con el Estado, pero finalmente las cooperativas solo podemos acceder como operadoras virtuales. Se debe asegurar expresamente la asignación de frecuencia para permitir el desarrollo futuro por parte de entidades solidarias”, aseveró.
reiteró además que “se debería contemplar el financiamiento, que es imprescindible para competir con grupos poderosos. Si estas observaciones no son receptadas, los objetivos de la ley que compartimos, sus principios inclusivos, si no se verifica la parte dispositiva de la norma, se podrían ver frustrados”.
Fuente: El Diario de La Pampa

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