martes, 21 de mayo de 2013

Uruguay envía al Parlamento Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

El Gobierno de Uruguay envió el martes al Parlamento un proyecto de ley de regulación a los medios de comunicación audiovisuales que limita la concesión de licencias para evitar su concentración y prohíbe la oferta cruzada con empresas de telefonía y datos
La normativa, que contiene 183 artículos, está referida a las señales de televisión y frecuencias de radio, dejando por fuera a los medios escritos.
La propuesta prohíbe que las empresas audiovisuales ofrezcan servicios de telefonía o transmisión de datos, medida que limita planes de negocios de algunas firmas.
Semanas atrás, el Gobierno uruguayo revocó a la operadora Claro, controlada por América Móvil, una licencia para brindar servicio de televisión satelital.
La legislación limita a tres el total de medios audiovisuales en poder de un grupo empresario y establece que no podrá concederse más de una frecuencia radial por banda, AM o FM.
Los titulares de televisión paga no podrán disponer de más de seis licencias en todo el territorio nacional, lo que se reduce a tres cuando se trata de la capital, Montevideo.
"Los monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los servicios de comunicación audiovisual conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de las personas", indica el proyecto de ley.
Las licencias serán otorgadas por un plazo de 10 años para radio y de 15 años para televisión, con la posibilidad de ser prorrogables por una década. Deberán pagar un canon por su uso, que será fijado más adelante por el Poder Ejecutivo.
La ley, en principio, no presenta amenazas para los actuales licenciatarios de radios y canales de televisión en Uruguay, aunque algunos de ellos podrían tener que ajustar su situación, para lo cual dispondrán de un plazo de cinco años.
El proyecto establece además que los medios audiovisuales deberán brindar espacio gratuito a los partidos políticos en época electoral y una cuota obligatoria de contenido nacional, fijada en un mínimo de 60 por ciento.
Reporte de Malena Castaldi. Editado por Marion Giraldo
Fuente: Agencia Reuters

Se crea un Consejo de Comunicación Audiovisual. Nuevo modelo de gestión de la Radio y la TV públicas
El proyecto propone básicamente un nuevo modelo de gestión de la radio y televisión públicas, dándoles mayor autonomía técnica y fortaleciendo su estructura para, dice la exposición de motivos, “apostar a mejorar su gestión y la calidad de su programación, creándose así el Sistema Nacional de Radio y Televisión Público (SNRTP).
Considera como “elemento esencial” de una normativa integrada y consistente con todos los temas propuestos en el articulado la creación de una nueva oficina regulatoria de lo audiovisual, con autonomía y potestades específicas con la que se haga posible el “cumplimiento eficiente” de sus cometidos. Actualmente, el órgano competente para regular y fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el sector es la Ursec, pero se entiende que esa especialidad técnica “no se adecua a las necesidades propias del sector audiovisual, caracterizado por su cualidad de vehículo cultural”.
En este sentido, el proyecto establece la creación de un “Consejo de Comunicación Audiovisual” (CCA), con el objetivo de “proponer, implementar, monitorear y fiscalizar el cumplimiento de las políticas” vinculadas a los medios electrónicos. A su vez se consagra, con rango legal, un ámbito de participación social.
Sumado a este nuevo organismo se propone unificar la Comisión Honoraria Asesora Independiente (CHAI) y el Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria (CHARC) en la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual (Chasca), manteniendo los “objetivos de transparencia y apertura a la participación del conjunto de la ciudadanía”.
También, como se asegura que lo han indicado las organizaciones sociales vinculadas a los derechos humanos y la libertad de expresión, se concreta la creación de la figura del Ombudsman, “con el fin de defender a las audiencias de los Servicios de Comunicación Audiovisual, hasta hoy insuficientemente protegidas de los potenciales abusos generados por los distintos prestadores”, considera el gobierno. Para los servicios de televisión para abonados, se obliga la emisión de una señal propia y de transportar las señales de televisión abierta de su localidad. En el capítulo sexto se regula la publicidad y en el séptimo la publicidad electoral. 

Fomento a la producción audiovisual nacional
Según el proyecto de ley, al menos 60% de la programación emitida por cada servicio deberá ser de producción o coproducción nacional, sin contar la publicidad, y la autopromoción.
Por otra parte, al menos 30% de la programación nacional deberá ser realizada por productores independientes, "no pudiendo concentrar un mismo productor independiente más del 40% de ese porcentaje en un mismo servicio de radiodifusión de televisión".
Los canales "deberán emitir un mínimo de dos horas por semana de estrenos de ficción televisiva y o películas cinematográficas, y de ésta, al menos un 50% deberá ser de producción independiente".
Para cumplir con este requisito el comienzo de la emisión de estos programas deberá estar comprendido entre las 19:00 y las 23:00 horas, lo que no aplicará para el caso de ficción destinada a niños, niñas y adolescentes.
El proyecto de ley también prevé un mínimo de dos horas por semana de la programación dedicadas a la agenda cultural, "entendiendo por tales aquellos que promuevan eventos y actualidad de las industrias creativas, como ser teatro, danza, artes visuales, museos y patrimonio, música, libros, cine, videojuegos, diseño".

Sistema Estatal
La ley crea un Sistema Nacional de Radio y Televisión que agrupará a todos los canales y radios estatales en una persona pública no estatal, por fuera del Ministerio de Educación como están hoy . Además de Televisión Nacional (canal 5) agrupará a las radios del Sodre y los nuevos canales.

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