viernes, 27 de marzo de 2009

Los usuarios de celulares podrían ser dueños del número

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 6, acaba de hacer lugar a una acción colectiva promovido por la Unión de Usuarios y Consumidores, en defensa de todos los usuarios de telefonía celular y, en virtud de la cual, el Estado Nacional deberá, en un plazo de 90 días reglamentar la portabilidad numérica en la telefonía celular.
El Decreto 764/2000 dispuso la portabilidad numérica, pero pese a los casi 9 años transcurridos sigue sin reglamentarse. Ello ha acarreado como consecuencia la imposibilidad –hasta ahora- que el usuario pudiera conservar su número telefónico, si se pasa de compañía. De tal forma, los usuarios de la telefonía celular son cautivos de la empresa, porque si deciden cambiarse a otra por razones económicas o tecnológicas son castigados con la pérdida de su número telefónico. Por tal motivo, la entidad de defensa de los consumidores promovió una acción judicial a través de su apoderado el Dr. Horacio Luis Bersten y con el patrocinio del Dr. Flavio Ismael Lowenrosen.
Como destaca el Juez Dr. Enrique Lavié Pico, en los autos “Unión de Usuarios y Consumidores c/Estado Nacional –Secretaría de Comunicaciones, Decreto 764/00 s/amparo ley 16986”, la demora de más de 8 años en reglamentar la portabilidad numérica, genera un mercado monopólico que afecta el derecho de los usuarios a poder disponer de su numero telefónico y a elegir libremente al prestador del servicio. Por eso hizo lugar a la demanda de la asociación de consumidores y en consecuencia dispuso que el Estado Nacional deber reglamentar –en un acotado plazo de 90 días- la portabilidad numérica. Una vez que ello se concrete, se consagrará la libertad de elección para los usuarios de los celulares: podrán cambiar de empresa y/o de planes y mantener su mismo y propio número telefónico.

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